Después de haber recibido algunas preguntas sobre la gente que durante la desescalada puede acudir a los funerales, debemos hacer una aclaración.
CUANDO SE HABLA DE LIMITACIÓN A LOS ENTIERROS se refiere a la asistencia al cementerio, lo que es propiamente el entierro.
EN LOS FUNERALES, que es la celebración religiosa que se celebra en la Iglesia, puede acudir el aforo permitido para las celebraciones religiosas, que en nuestro caso es
IGLESIA DEL CARMEN 120
IGLESIA DE SAN JUAN 80
IGLESIA Nra SEÑORA DE BELÉN (LA PESQUERA) 26
En cualquier caso, en todas ellas hay que respetar las normas vigentes y que os adjuntamos.
Aprovechamos para pediros que en el caso de los funerales, como figura en la fotografía, quienes deseen entrar en el templo, y a excepción de la familia que suele entrar al final, se ruega que la gente entre antes de llegar el féretro, para evitar aglomeración en la entrada.
Igualmente, en todas las celebraciones, se insiste en que los bancos han de rellenarse de alante atrás, sin dejar huecos.
MUCHAS GRACIAS A TODOS POR VUESTRA COLABORACIÓN